Introducción Chipre ofrece dos tipos de fideicomisos expresos. El primero es el fideicomiso expreso de derecho común y el segundo es el Fideicomiso Internacional de Chipre, que es un tipo de fideicomiso expreso con características específicas...
Chipre ofrece dos tipos de fideicomisos expresos. El primero es el fideicomiso expreso de derecho común y el segundo es el Fideicomiso Internacional de Chipre, que es un tipo de fideicomiso expreso con características específicas en la legislación que lo hacen más atractivo para fines de planificación fiscal y patrimonial internacional. Esta guía ofrece una breve introducción a los Fideicomisos Internacionales de Chipre.
Los Fideicomisos Internacionales de Chipre se utilizan típicamente en la planificación patrimonial y fiscal, incluso en situaciones de pre-inmigración. Cuando se utilizan adecuadamente, los fideicomisos son una excelente herramienta para la protección de activos y la confidencialidad y a veces son necesarios para la seguridad en ocupaciones de alto riesgo, protegiendo la riqueza de los acreedores, estructurando inversiones de manera flexible o para proveer las necesidades futuras de la familia.
Existen tres beneficios principales para los Fideicomisos Internacionales de Chipre: El primero son sus características de protección de activos, el segundo la capacidad del Constituyente de reservar poderes de gestión y otros en relación con el Fideicomiso y el tercero es el atractivo régimen fiscal.
1. Protección de Activos y ConfidencialidadUn aspecto muy importante de los Fideicomisos Internacionales de Chipre es el período de limitación de dos años para todas las reclamaciones contra la creación del Fideicomiso o la transferencia de activos al Fideicomiso y solo sobre la base de probar una intención de defraudar a acreedores preexistentes. El tiempo comienza a contar desde la fecha de transferencia de los activos independientemente de si los acreedores tenían conocimiento de la transferencia o no. La carga de probar la intención de defraudar a los acreedores recae en los propios acreedores. Además, la Ley impone una obligación de confidencialidad al/los Fiduciario/s, Protector y profesionales relacionados con el Fideicomiso y también proporciona una presunción de irrevocabilidad para el Fideicomiso. Otras características del fideicomiso expreso de derecho común, como la existencia de estrictos deberes fiduciarios, no se ven afectadas por la Ley.
2. FiscalidadPara los Beneficiarios no residentes, el impuesto es del 0% para los ingresos generados fuera de Chipre, mientras que se aplican las tasas impositivas normales para los ingresos generados en Chipre. Sin embargo, cabe señalar que, entre otros beneficios, los ingresos generados por dividendos e intereses están gravados al 0%. Los Beneficiarios residentes fiscales no domiciliados en Chipre están sujetos a las tasas normales de imposición, excluyendo los ingresos generados por dividendos e intereses, que están exentos de impuestos. (Por favor, consulte nuestra guía de fiscalidad para más detalles)
3. Poderes reservados del ConstituyenteLa Ley de Fideicomisos Internacionales de Chipre permite al Constituyente reservar amplios poderes en el control del Fideicomiso y los Fiduciarios. La Ley excluye específicamente una intención de defraudar a los acreedores (y de manera similar crear un fideicomiso simulado) si el Constituyente ha reservado cualquiera o todos los siguientes poderes, que son una lista indicativa de los proporcionados por la Ley. El Constituyente puede reservar, entre otros, los siguientes poderes:
-Revocar o modificar el fideicomiso, así como cualquier fideicomiso y poderes relacionados. -Asignar, distribuir o disponer de ingresos o capital o emitir tales instrucciones a los Fiduciarios. -Agregar, remover o reemplazar Fiduciarios, Protector o Beneficiario. -Ejercer los poderes de un director o funcionario de una empresa controlada por el Fideicomiso o ordenar a los Fiduciarios que lo hagan. -Dirigir a los Fiduciarios sobre la compra, venta, financiamiento y garantía sobre bienes. -Requerir que cualquier decisión del Fiduciario tenga la aprobación previa del Constituyente u otra persona designada por el Constituyente.El Fiduciario no incurre en incumplimiento de fideicomiso cuando actúa de acuerdo con las instrucciones recibidas del Constituyente donde él/ella ha reservado cualquiera de los poderes mencionados anteriormente. Como nota general, los Constituyentes deben reservar poderes sabiamente para evitar el riesgo de ser obligados por un Tribunal o autoridad extranjera a utilizarlos de una manera específica (por ejemplo, pagar a una exesposa, otros acreedores o impuestos). Además, es necesario una redacción adecuada para abordar el riesgo mencionado anteriormente.
Nota: La información anterior debe utilizarse solo como una guía general. Se debe buscar asesoramiento legal para el asunto específico en cuestión.

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Managing Partner with a distinguished career in corporate and commercial law, trust law, tax law, property law, litigation, and immigration law. First-Class LL.B. from the University of Leicester and LL.M. from the University of Cambridge.
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