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Acompañamos a los fundadores fintech en la autorización del Banco Central de Chipre para una Institución de Dinero Electrónico —la fase previa a la solicitud, el expediente completo y el capital de €350.000—, con una consulta gratuita antes de que se comprometa.
Consulta gratuita · Sin compromiso · Respondemos en 24 horas

La autoridad competente para una Institución de Dinero Electrónico (EMI) en Chipre es el Banco Central de Chipre (CBC), no la CySEC, conforme a las Leyes de Dinero Electrónico de 2012 a 2018. Exige €350.000 de capital inicial, dirección real en Chipre y una solicitud completa. Desde el 3 de agosto de 2026 hay dos fases: una previa de €5.000 y una solicitud formal de €10.000, resuelta en tres meses desde un expediente completo. Prevea de 9 a 12 meses y honorarios tras una consulta gratuita.
La mayoría de los clientes son fundadores fintech y negocios de pagos que quieren emitir dinero electrónico —tarjetas prepagadas, monederos digitales, IBAN virtuales— y prestar toda la gama de servicios de pago desde una base en la UE. Algunos son start-ups que captan capital para cumplir el requisito de €350.000; otros son firmas de pagos extracomunitarias ya establecidas que perdieron, o nunca tuvieron, acceso al mercado de la UE y necesitan una licencia pasaportable. Acuden a nosotros para comprobar si su modelo de negocio, su accionariado y su financiación satisfarán al Banco Central de Chipre antes de gastar en la solicitud completa.
El resto nos encarga una pieza concreta del expediente: la estructura de salvaguarda y de fondos propios, el marco de AML/CFT y el nombramiento de un responsable de cumplimiento, la documentación de idoneidad de directores y accionistas cualificados, o la sustancia necesaria para demostrar que la dirección y la gestión están realmente en Chipre. También asesoramos a las firmas que dudan entre una EMI, una entidad de pago y una licencia de criptoactivos, porque la autoridad y el capital difieren en cada caso.
Lo que está incluido
| Qué incluye | Tasa oficial | Nuestros honorarios |
|---|---|---|
| Fase exploratoria previa a la solicitud (tasa del CBC) | €5.000 (no reembolsable) | Honorarios presupuestados tras una consulta gratuita |
| Solicitud formal y autorización (tasa del CBC) | €10.000 | Honorarios presupuestados tras una consulta gratuita |
| Cumplimiento continuo, informes regulatorios y apoyo en AML | — | Honorarios presupuestados tras una consulta gratuita |
Nuestros honorarios legales por una licencia EMI son a medida y se confirman por escrito tras una consulta gratuita, más IVA del 19%. Las tasas del CBC indicadas —€5.000 por la fase exploratoria previa a la solicitud y €10.000 por la solicitud formal— son cargas legales fijadas por el Banco Central de Chipre conforme a su proceso de licenciamiento en vigor desde el 3 de agosto de 2026; cuando el CBC encarga un informe de diligencia debida reforzada, el coste corre a cargo del solicitante. Por separado, el solicitante debe disponer de €350.000 de capital inicial; esto son fondos propios de la institución, no una tasa.
Contrastamos su modelo de negocio, accionariado y financiación con lo que espera el Banco Central de Chipre, confirmamos que la vía de la EMI es la adecuada para usted en lugar de una entidad de pago o una licencia de cripto, y trazamos el capital, la sustancia y los documentos que necesitará. Reserve su consulta gratuita para empezar.
Preparamos y presentamos el formulario prescrito previo a la solicitud sobre su modelo de negocio, accionariado y titulares reales últimos, con la tasa del CBC de €5.000, y gestionamos la evaluación preliminar y cualquier pregunta inicial sobre reputación y riesgo antes de que se comprometa con el expediente completo.
Redactamos el programa de operaciones, el plan de negocio a tres años, las políticas de gobernanza, riesgos, salvaguarda, AML/CFT y de TI y resiliencia operativa, reunimos la documentación de idoneidad, y ponemos en marcha el capital inicial de €350.000 y la sustancia en Chipre.
Presentamos a través de la plataforma electrónica del CBC con la tasa de solicitud de €10.000 y gestionamos la revisión y sus rondas de preguntas. El plazo legal de decisión del CBC es de tres meses desde una solicitud debidamente completada.
Tras la aprobación queda inscrito en el registro público del CBC. Después gestionamos las notificaciones de pasaporte para que pueda emitir dinero electrónico y prestar servicios de pago en toda la UE y el EEE.
La autoridad competente que autoriza y supervisa a las Instituciones de Dinero Electrónico en Chipre es el Banco Central de Chipre (CBC), conforme a las Leyes de Dinero Electrónico de 2012 a 2018 (base Ley 81(I)/2012, enmendada), que transponen la Segunda Directiva de Dinero Electrónico de la UE, EMD2 (Directiva 2009/110/CE). La parte de servicios de pago de la actividad de una EMI se rige por la transposición chipriota de la PSD2 (Directiva (UE) 2015/2366). No es una licencia de la CySEC: la CySEC regula las empresas de inversión chipriotas y, bajo MiCA, a los proveedores de servicios de criptoactivos. Equivocarse de autoridad es el error más común y más costoso al inicio.
El dinero electrónico es valor monetario almacenado electrónicamente, que representa un derecho sobre el emisor, emitido al recibir fondos para realizar transacciones de pago y aceptado por personas distintas del emisor. Una EMI autorizada puede emitir, distribuir y reembolsar dinero electrónico (tarjetas prepagadas, monederos digitales, IBAN virtuales), prestar toda la gama de servicios de pago de la PSD2, conceder crédito limitado accesorio a los servicios de pago (nunca financiado con el float de dinero electrónico) y ofrecer servicios operativos estrechamente relacionados. Una EMI no es un banco: no puede captar depósitos ni prestar con los fondos salvaguardados. Se diferencia de una entidad de pago, que también está autorizada por el CBC bajo la PSD2 pero no puede emitir dinero electrónico y solo necesita de €20.000 a €125.000 de capital, y de un proveedor de servicios de criptoactivos, que es un régimen enteramente de la CySEC/MiCA.
El capital inicial es de €350.000, íntegramente desembolsado en el momento de la autorización, y los fondos propios de la institución nunca pueden bajar de esa cifra. De forma continua, los fondos propios deben ser al menos el mayor de €350.000 o el 2% del promedio de dinero electrónico en circulación (Método D). Cuando la EMI también presta servicios de pago no vinculados a la emisión de dinero electrónico, los fondos propios adicionales se calculan conforme al Método A, B o C de la PSD2, y el CBC puede ajustar el requisito hasta en un 20% en cualquier sentido.
Los fondos recibidos a cambio de dinero electrónico deben salvaguardarse inmediatamente al recibirlos. La EMI los segrega en una cuenta separada en una institución de crédito o los invierte en activos seguros, líquidos y de bajo riesgo, aislados de los fondos propios de la EMI y de sus acreedores, incluso en caso de insolvencia; o cubre la obligación con una póliza de seguro o garantía comparable de un asegurador o institución de crédito autorizados. La salvaguarda se examina de cerca en la solicitud y se supervisa después mediante informes e inspecciones.
Al menos dos personas deben dirigir efectivamente el negocio (el principio de los «cuatro ojos»), con titulares de funciones clave de cumplimiento, riesgos y AML sobre el terreno. El CBC espera que la dirección y la gestión estén realmente en Chipre —locales reales y sustancia local, no una placa en la puerta—. Todos los directores, directivos y accionistas cualificados (titulares de control) deben superar la evaluación de idoneidad, buena reputación y aptitud del CBC, con pruebas del origen de los fondos y del origen del patrimonio para los accionistas significativos.
Desde el 3 de agosto de 2026 el CBC aplica un proceso de licenciamiento en dos fases. En la fase exploratoria previa a la solicitud, el solicitante presenta un formulario prescrito sobre el modelo de negocio, el accionariado y los titulares reales últimos con una tasa no reembolsable de €5.000; el CBC emite una opinión preliminar en 30 días hábiles, o 50 días hábiles cuando se exige un informe de diligencia debida reforzada. La solicitud formal sigue después a través de la plataforma electrónica del CBC con el expediente completo y una tasa de €10.000 (elevada desde los anteriores €5.000). El CBC debe decidir en el plazo de tres meses desde una solicitud debidamente completada, pero las preguntas y aclaraciones hacen que el plazo realista de principio a fin sea de 9 a 12 meses, y es prudente prever hasta 18. El expediente abarca el programa de operaciones, un plan de negocio a tres años, la gobernanza y el control interno, las políticas de riesgos y de AML/CFT, las disposiciones de TI y de resiliencia operativa, la salvaguarda, la documentación de idoneidad y la prueba del capital de €350.000.
Una única autorización chipriota otorga pasaporte por la UE y el EEE, tanto como libertad para prestar servicios de forma transfronteriza como libertad de establecimiento mediante sucursales o agentes. El pasaporte se obtiene por notificación al CBC, que informa al regulador de acogida; el proceso suele tardar de uno a tres meses.
Las EMI son entidades obligadas conforme a las Leyes de Prevención y Represión del Blanqueo de Capitales (base Ley 188(I)/2007, enmendada), supervisadas en materia de AML por el CBC, con comunicación de las transacciones sospechosas a la UIF de Chipre, MOKAS. Las obligaciones continuas incluyen la diligencia debida del cliente y la diligencia debida reforzada, el monitoreo de transacciones, el cribado de sanciones, la conservación de registros durante al menos cinco años, la autenticación reforzada del cliente conforme a la PSD2, los informes regulatorios periódicos, una auditoría independiente anual, y la notificación al CBC de cambios materiales en el negocio, la gobernanza o el accionariado.
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