19 min de lectura
Las empresas cripto de Chipre deben informar según DAC8 y CARF antes del 30 de junio de 2027 sobre los datos de 2026. Quién es RCASP y cómo evitar lagunas.

Revisado por Gregoris Philippou, Managing Partner
Cyprus Bar Association (since 2013)
La realidad comercial que la mayoría de las empresas cripto de Chipre aún no ha interiorizado es esta: la comunicación es retroactiva al 1 de enero de 2026, de modo que todo proveedor cuya incorporación de clientes y captura de datos de transacciones no esté ya en marcha tiene una laguna de datos que no puede rellenar legalmente antes del plazo. Esta guía expone quién queda dentro del ámbito, qué debe capturarse exactamente y una hoja de ruta concreta hasta la presentación del 30 de junio de 2027.
Última actualización: agosto de 2026
La DAC8 y el CARF son las normas de transparencia fiscal que obligan a las empresas de criptoactivos a comunicar cada año a las autoridades tributarias la identidad de sus usuarios y los valores de sus transacciones. Para una empresa chipriota, la DAC8 convierte la comunicación cripto de una buena práctica voluntaria en una obligación anual imperativa frente al Departamento Tributario de Chipre, respaldada por el Derecho de la UE y por un estándar internacional. Si intercambia, custodia, intermedia o procesa criptoactivos para clientes con nexo chipriota, estas normas casi con seguridad le resultan aplicables.
El Marco de Comunicación de Información sobre Criptoactivos (CARF) es el estándar global de la OCDE para el intercambio automático de información fiscal sobre transacciones de criptoactivos, completado por la OCDE junto con el G20 en 2023. El CARF exige a los proveedores de servicios de criptoactivos que identifiquen a sus usuarios, determinen la jurisdicción de residencia fiscal de cada usuario y comuniquen los datos anuales de transacciones a su autoridad tributaria de origen, que después los intercambia con las jurisdicciones socias. El CARF cumple para las cripto la misma función que el Estándar Común de Comunicación de Información (CRS) ha desempeñado para las cuentas bancarias desde 2016.
El CARF es deliberadamente amplio. No impone ningún umbral mínimo de comunicación, de modo que en principio toda transacción sujeta a comunicación queda capturada con independencia de su importe, y alcanza a mercados de intercambio, intermediarios, custodios y a determinados proveedores de monederos.
La DAC8 es la Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo, de 17 de octubre de 2023, que modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad (la DAC) e incorpora el CARF al Derecho vinculante de la UE. La DAC8 hace obligatoria la comunicación cripto de estilo CARF en todos los Estados miembros de la UE sobre una base jurídica armonizada, en lugar de dejar a cada Estado la adopción voluntaria del estándar de la OCDE. La Directiva se publicó en el Diario Oficial y su texto oficial está disponible en EUR-Lex.
Al tratarse de una Directiva, cada Estado miembro debía transponer la DAC8 a su Derecho nacional. El plazo de transposición era el 31 de diciembre de 2025, y las normas se aplican desde el 1 de enero de 2026, convirtiendo 2026 en el primer año de comunicación en toda la Unión.
La DAC8, el CRS, el MiCAR y la Regla de Viaje del GAFI son cuatro regímenes que se solapan pero son distintos, y una empresa cripto de Chipre suele encontrarse dentro de todos ellos a la vez. Mantenerlos diferenciados en el diseño de su cumplimiento evita trabajo duplicado y lagunas peligrosas.
| Régimen | Qué regula | Autoridad chipriota principal |
|---|---|---|
| DAC8 / CARF | Intercambio automático de información fiscal sobre cripto (quién posee qué, valores de las transacciones) | Departamento Tributario de Chipre |
| CRS | Intercambio automático de información fiscal sobre cuentas financieras | Departamento Tributario de Chipre |
| MiCAR (Reglamento (UE) 2023/1114) | Autorización y conducta de los proveedores de servicios de criptoactivos | CySEC |
| Regla de Viaje del GAFI | Compartición de datos del ordenante/beneficiario en las transferencias de cripto para PBC | CySEC / MOKAS |
El vínculo práctico es que la DAC8 reutiliza gran parte de los datos de clientes que ya conserva a efectos de la autorización MiCAR y de la prevención del blanqueo de capitales (PBC). Si aún se encuentra en la fase de autorización, nuestra guía sobre registrar un proveedor de servicios de criptoactivos en Chipre explica el marco de CySEC y del MiCAR que acompaña a estos deberes de comunicación.
Sí. Chipre ha transpuesto la DAC8 a su Derecho nacional, y la obligación está vigente ahora, no pendiente. Las normas se aplican de forma retroactiva desde el 1 de enero de 2026, razón por la cual la captura de datos no puede esperar.
Chipre transpuso la DAC8 mediante la Ley de 2026 de Cooperación Administrativa en el Ámbito de la Fiscalidad (de Modificación), Ley 38(I)/2026, publicada en el Boletín Oficial de la República de Chipre el 27 de marzo de 2026 y con entrada en vigor en esa fecha con aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2026. El instrumento modifica la Ley principal 205(I)/2012 y recoge las normas de comunicación y de diligencia debida en su Artículo 7ΣΤ y en su Anexo VI, y fija el 30 de junio de 2027 como primer plazo de comunicación para los datos del año natural 2026. El Departamento Tributario de Chipre se designa como autoridad competente para recibir los informes e intercambiar información con sus homólogos de la UE.
La fecha de inicio retroactiva importa porque significa que el primer periodo de comunicación ya estaba en curso antes incluso de que se publicara la ley chipriota. La comunicación cubre todo el año natural 2026, de modo que las transacciones desde el 1 de enero de 2026 en adelante quedan dentro del ámbito aunque la Ley 38(I)/2026 solo entrara en vigor el 27 de marzo de 2026. De una empresa que activó una incorporación de clientes conforme, por ejemplo, en abril de 2026, se espera igualmente que informe todo el año, incluido el primer trimestre que puede no haber capturado correctamente.
Esta retroactividad es el hecho operativo más importante de este artículo, y es el que origina el problema de la laguna de datos que se aborda más abajo.
El 30 de enero de 2026 la Comisión Europea abrió procedimientos de infracción contra 12 Estados miembros, incluido Chipre, por no haber implementado la DAC8 dentro del plazo del 31 de diciembre de 2025. Este contexto explica por qué la ley chipriota llegó solo en marzo de 2026 con efecto retroactivo: el Estado estaba cerrando una brecha que la Comisión había señalado formalmente. La Comisión envió cartas de emplazamiento al amparo del artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, concediendo a cada Estado dos meses para responder, y como Chipre completó la transposición con la Ley 38(I)/2026 en marzo de 2026 ha subsanado desde entonces la deficiencia que la carta identificaba, siendo práctica de la Comisión archivar tales procedimientos una vez notificada la transposición completa. Para las empresas, la conclusión es que ni la legislación nacional tardía ni la controversia sobre la infracción demoran su propio deber de comunicación respecto de los datos de 2026.
Un proveedor de servicios de criptoactivos sujeto a comunicación (RCASP) en Chipre es cualquier proveedor de servicios de criptoactivos autorizado en Chipre conforme al MiCAR, o cualquier operador de criptoactivos con nexo chipriota, entendido como residencia fiscal en Chipre, constitución, sede de dirección efectiva o lugar habitual de actividad. Si concurre cualquiera de estos factores de conexión, la comunicación DAC8 al Departamento Tributario de Chipre es obligatoria. La definición es deliberadamente amplia para que las empresas no puedan eludir la comunicación por el mero hecho de tener su licencia en otro lugar mientras operan desde Chipre.
Toda entidad que posea una autorización MiCAR de CySEC y tenga su sede en Chipre es un RCASP. Esta es la categoría más clara: mercados de intercambio, intermediarios, proveedores de monederos de custodia, gestores de carteras y asesores autorizados conforme al Reglamento sobre los Mercados de Criptoactivos quedan directamente capturados. Si su empresa pasó por la autorización de CySEC para prestar servicios de criptoactivos, debe presumir la condición de RCASP y construir la comunicación en consecuencia.
Un operador de criptoactivos que no esté autorizado conforme al MiCAR puede ser aun así un RCASP si tiene nexo chipriota. Los factores de conexión son la residencia fiscal en Chipre, la constitución en Chipre, la sede de dirección efectiva en Chipre o el lugar habitual de actividad en Chipre. Esto atrae a operadores que prestan servicios de criptoactivos sin poseer una licencia MiCAR, incluidas algunas empresas que suponían estar fuera del perímetro. Una sociedad holding u operativa constituida en Chipre que facilite transacciones de cripto debe contrastarse cuidadosamente con estos factores, porque la constitución por sí sola puede activar la obligación.
Para determinar la condición de RCASP, contraste su entidad con cada factor de conexión, uno por uno, y registre el razonamiento en un expediente fechado. Una determinación defendible protege al consejo si el análisis se cuestiona más adelante.
Si todavía está estructurando la entidad, cómo abrir una sociedad en Chipre expone los pasos de constitución que en sí mismos crean un nexo chipriota a estos efectos.
El primer plazo de comunicación del 30 de junio de 2027 es la fecha en la que cada RCASP chipriota debe presentar su primer informe DAC8, que cubre toda la actividad de criptoactivos sujeta a comunicación del año natural 2026, ante el Departamento Tributario de Chipre. Si lo incumple, queda en situación de infracción de la Ley 38(I)/2026 respecto de todo el primer año del régimen. El plazo es fijo y se aplica de manera uniforme con independencia de cuándo comenzó a operar su empresa en 2026.
El primer periodo de comunicación es el año natural completo, del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026. Cada transacción de intercambio, transferencia y transacción de pago minorista sujeta a comunicación ejecutada para un usuario sujeto a comunicación durante ese año debe capturarse y agregarse. Como el año ya está muy avanzado, la ventana para corregir cualquier fallo de captura se está cerrando.
El informe se presenta ante el Departamento Tributario de Chipre (CTA), la autoridad competente designada, antes del 30 de junio de 2027. Se espera que el CTA publique un esquema técnico de comunicación que especifique el formato de archivo y los campos de datos, pero el catálogo sustantivo de elementos sujetos a comunicación ya está fijado por el Anexo VI de la Ley 38(I)/2026, que refleja las plantillas del CARF y de la DAC8: por cada usuario sujeto a comunicación y por cada criptoactivo sujeto a comunicación, el RCASP informa los importes brutos y el número de unidades correspondientes a adquisiciones, transmisiones, transferencias recibidas, transferencias enviadas y transacciones de pago minorista sujetas a comunicación. Las empresas no deben esperar al esquema para capturar datos, porque los campos subyacentes ya están definidos por el CARF y la DAC8.
Tras recibir los informes, el Departamento Tributario de Chipre intercambia la información con otras autoridades tributarias de la UE antes del 30 de septiembre de 2027. A nivel de la UE, los primeros intercambios DAC8 correspondientes al año de comunicación 2026 tienen lugar dentro de los nueve meses siguientes al cierre del año, es decir, entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2027. Esto significa que los datos que usted presenta en Chipre sobre un usuario residente en Alemania o Francia se encaminan a la autoridad tributaria de origen de ese usuario en cuestión de meses, por lo que la exactitud tiene consecuencias transfronterizas.
| Hito | Fecha |
|---|---|
| Aplicación de las normas desde | 1 de enero de 2026 |
| Periodo de comunicación | 1 de enero a 31 de diciembre de 2026 |
| Ley chipriota de transposición en vigor | 27 de marzo de 2026 (retroactiva al 1 de enero de 2026) |
| Primer informe presentado ante el Departamento Tributario de Chipre | Antes del 30 de junio de 2027 |
| Intercambio de información a nivel de la UE | Antes del 30 de septiembre de 2027 |
Su captura de datos debe estar ya operativa porque la comunicación DAC8 es retroactiva al 1 de enero de 2026 y los datos de transacciones y de autocertificación exigidos por lo general no pueden reconstruirse a posteriori. Cada día de operativa sin captura conforme crea un agujero permanente en su informe de 2026. Este es el núcleo operativo de todo el régimen para las empresas chipriotas.
El problema de la laguna de datos consiste en que los detalles a nivel de transacción y las autocertificaciones válidamente recabadas pierden integridad una vez transcurrido el momento. No puede recrear de forma creíble una autocertificación de residencia fiscal de enero de 2026 a mediados de 2027, ni puede reconstruir valores de intercambio y contrapartes que nunca se registraron conforme al estándar del CARF. Un RCASP que empezó tarde a capturar datos DAC8 se enfrenta, por tanto, a una laguna que no es un mero ajuste de formato, sino una carencia probatoria sustantiva.
Un flujo de incorporación conforme debería recabar ya, en el momento de la apertura de la cuenta, una autocertificación válida de residencia fiscal más el conjunto completo de datos de identidad, y debería estar validando esos datos frente a sus registros de PBC y de conocimiento del cliente (KYC). Si cualquiera de los siguientes elementos falta en su flujo actual, tiene trabajo pendiente de forma inmediata:
Si ya tiene una laguna de 2026, subsanarla significa actuar con rapidez para recabar autocertificaciones nuevas, reconstruir lo que pueda acreditarse y documentar los límites de lo que no. El asesoramiento jurídico temprano es esencial, porque la forma en que caracterice y comunique una laguna al Departamento Tributario de Chipre afecta a su exposición. No espere hasta 2027 para descubrir el agujero, cuando la ventana de subsanación se haya cerrado de hecho.
Los criptoactivos sujetos a comunicación son, en términos generales, los activos que pueden mantenerse y transferirse de manera descentralizada utilizando tecnología de registro distribuido, y las transacciones sujetas a comunicación son los intercambios entre cripto y moneda fiat, los intercambios entre distintos criptoactivos y determinadas transferencias, incluidos los pagos minoristas sujetos a comunicación. El ámbito es amplio por diseño, aunque existen exclusiones específicas para activos que no pueden usarse para pago o inversión y para las monedas digitales de banco central.
La mayoría de los criptoactivos negociables están dentro del ámbito, mientras que las monedas digitales de banco central (CBDC) y determinados productos de dinero electrónico se tratan por separado y pueden quedar fuera de las normas cripto. Las stablecoins están, por lo general, dentro del ámbito como criptoactivos, y los tokens no fungibles (NFT) están dentro del ámbito cuando se utilizan para pago o inversión, en lugar de ser objetos de colección genuinamente únicos. Chipre sigue directamente las definiciones de la DAC8 recogidas en el Anexo VI de la Ley 38(I)/2026: las monedas digitales de banco central y determinados productos de dinero electrónico se excluyen del flujo de comunicación de criptoactivos y se capturan en cambio bajo las normas de cuentas financieras del Estándar Común de Comunicación de Información modificado, mientras que las stablecoins que no son productos de dinero electrónico permanecen dentro del ámbito como criptoactivos. Como la clasificación de un token concreto puede resultar muy ajustada, los activos limítrofes deben evaluarse caso por caso.
Las transacciones de intercambio son objeto de comunicación en ambos sentidos: cripto a fiat y cripto a cripto. Esto significa que un usuario que cambia Bitcoin por euros y un usuario que cambia Bitcoin por Ether generan ambos eventos sujetos a comunicación. Por cada uno, el RCASP informa el número anual agregado de transacciones y los valores brutos, distinguiendo las adquisiciones de las transmisiones, de modo que su registro de transacciones debe recoger suficiente detalle para construir esos agregados por usuario y por tipo de activo.
Las transferencias de criptoactivos hacia y desde un usuario, y las transacciones de pago minorista sujetas a comunicación procesadas por cuenta de un comerciante, están también dentro del ámbito. Las transacciones de pago minorista pasan a ser objeto de comunicación cuando superan el umbral de 50.000 EUR, que se trata más abajo. Cuando un usuario retira cripto a un monedero externo, el RCASP informa la transferencia, y cuando el destino no es otro RCASP, puede exigirse detalle adicional.
Los RCASP deben realizar una diligencia debida de estilo CARF: obtener una autocertificación válida de residencia fiscal de cada usuario, contrastar su razonabilidad frente a la información de PBC/KYC existente y hacer efectivas las consecuencias cuando un usuario no la facilita. Esta diligencia debida no es papeleo opcional; es el mecanismo que hace que el informe anual sea exacto y jurídicamente defendible.
Una autocertificación individual válida debe incluir el nombre completo del usuario, el domicilio de residencia, todas las jurisdicciones de residencia fiscal, el NIF de cada jurisdicción sujeta a comunicación y la fecha de nacimiento. Una autocertificación a la que le falte cualquier campo exigido no es válida y no libera de su obligación. Recábela en la incorporación para los nuevos usuarios y de forma retrospectiva para los usuarios preexistentes dentro de los plazos fijados por el marco.
La prueba de razonabilidad exige que el RCASP confirme que una autocertificación es coherente con los datos de PBC y KYC ya conservados sobre el usuario. Si un usuario certifica su residencia fiscal en un país mientras que su expediente KYC muestra un domicilio y documentos de identidad que apuntan a otro lugar, la autocertificación no supera la prueba de razonabilidad y debe subsanarse antes de poder confiar en ella. Como usted ya conserva estos datos a efectos del MiCAR y de la PBC, la comprobación es en gran medida un ejercicio de conciliación, y las empresas que manejan datos de titularidad real deberían alinearlo con las obligaciones del registro de titulares reales de Chipre y el cumplimiento en materia de titularidad real.
Conforme al CARF y a la DAC8, si un usuario no facilita una autocertificación válida tras dos recordatorios en un plazo de 60 días, el RCASP debe bloquear a ese usuario para que no realice transacciones sujetas a comunicación en la plataforma hasta que se aporte y valide una autocertificación válida. Esta regla de bloqueo es un requisito imperativo, no una sanción discrecional. Por tanto, sus sistemas deben poder llevar el recuento de recordatorios, ejecutar el plazo de 60 días y restringir automáticamente una cuenta no conforme. Construya este flujo de trabajo ahora, porque la aplicación manual sobre una base de usuarios en activo no es escalable.
Por cada usuario, un RCASP debe recabar e informar la identidad completa del usuario y los datos de residencia fiscal, junto con los valores anuales agregados de sus transacciones sujetas a comunicación. El conjunto de datos refleja el CRS pero está adaptado a las cripto, y acertar con los campos en el momento de la captura es lo que hace sencilla la presentación final.
Para un usuario persona física debe recabar e informar el nombre legal completo, el domicilio de residencia, todas las jurisdicciones de residencia fiscal, el NIF de cada una de dichas jurisdicciones y la fecha de nacimiento, exigiéndose también el lugar de nacimiento en los casos definidos. Estos campos deben validarse frente a los registros de PBC/KYC bajo la prueba de razonabilidad. Los NIF ausentes o no verificados son un punto de fallo habitual, así que trate la recogida del NIF como un paso de control en la incorporación, y no como una cuestión secundaria.
Para un usuario que sea una entidad debe recabar los datos de identidad y de residencia fiscal de la entidad y, cuando la entidad sea un vehículo pasivo, mirar a través de ella hacia las personas que ejercen el control e informarlas también. Este examen a través evita que las personas físicas se oculten tras monederos corporativos. La identificación de las personas que ejercen el control se apoya directamente en el análisis de titularidad real que su empresa ya realiza, así que integre ambos conjuntos de datos en lugar de gestionarlos por separado.
El informe contiene valores anuales agregados por usuario: por cada criptoactivo sujeto a comunicación, los importes brutos y el número de unidades correspondientes a adquisiciones, transmisiones, transferencias recibidas, transferencias enviadas y pagos minoristas sujetos a comunicación. No informa cada línea de transacción individual, pero debe haber capturado cada línea para construir los agregados con exactitud. Por eso el registro granular de transacciones desde el 1 de enero de 2026 es innegociable.
La DAC8 se diferencia del estándar global CARF principalmente en sus características específicas de la UE, sobre todo un umbral de 50.000 EUR para las transacciones de pago minorista sujetas a comunicación y su integración con el mecanismo de intercambio de la DAC en su conjunto. En lo sustantivo, ambos están alineados, de modo que un sistema conforme al CARF está en gran parte listo para el cumplimiento de la DAC8, pero los detalles específicos de la UE importan para una empresa chipriota que informa conforme a la Ley 38(I)/2026.
La DAC8 aplica un umbral de 50.000 EUR para las transacciones de pago minorista sujetas a comunicación procesadas por un proveedor de servicios de criptoactivos, por encima del cual la transacción entra en el ámbito aunque el destinatario no sea por lo demás un usuario sujeto a comunicación. El CARF, en cambio, no impone ningún umbral mínimo general de comunicación, de modo que toda transacción queda capturada con independencia de su importe. Chipre adopta esta cifra de 50.000 EUR exactamente como la fija el Anexo VI de la Directiva, transpuesta sin desviación local a la Ley 38(I)/2026, de modo que el mismo umbral que se aplica en toda la Unión se aplica en Chipre. Para las empresas chipriotas esto significa que el procesamiento de pagos minoristas necesita su propia lógica de umbral superpuesta a la comunicación general.
| Característica | CARF (OCDE) | DAC8 (UE / Chipre) |
|---|---|---|
| Naturaleza jurídica | Estándar internacional | Directiva vinculante de la UE, ley nacional en Chipre |
| Umbral general de comunicación | Ninguno (todas las transacciones) | Alineado, más la regla de 50.000 EUR para el pago minorista |
| Mecanismo de intercambio | Acuerdos bilaterales o multilaterales entre autoridades competentes | Integrado en la DAC (Directiva 2011/16/UE) |
| Autoridad competente chipriota | Departamento Tributario de Chipre | Departamento Tributario de Chipre |
La DAC8 contiene un tratamiento específico de la UE para las stablecoins y el dinero electrónico que puede divergir en el detalle del texto de la OCDE, y la posición exacta depende de la ley chipriota de implementación. Cuando la DAC8 ofrece opciones sobre hasta dónde se cubren el dinero electrónico y los productos afines a las CBDC, rigen las elecciones de Chipre en la Ley 38(I)/2026, y el Anexo VI de esa ley sitúa las monedas digitales de banco central y determinados productos de dinero electrónico bajo el régimen de cuentas financieras del CRS modificado, en lugar del flujo cripto. Hasta que se publiquen el esquema y las directrices chipriotas, trate las demás stablecoins como dentro del ámbito y documente su razonamiento para cualquier exclusión.
La comunicación DAC8 es distinta de, y adicional a, la obligación tributaria cripto de Chipre. Desde el 1 de enero de 2026 Chipre grava las ganancias procedentes de transmisiones de criptoactivos con un tipo fijo del 8% conforme a un régimen legal específico, y esa obligación recae sobre el usuario, mientras que la comunicación DAC8 recae sobre el RCASP. Ambas interactúan pero no se sustituyen, como explica nuestra guía sobre la tributación de las criptomonedas en Chipre para personas físicas y empresas, junto con los más amplios cambios de la reforma fiscal de Chipre de 2026.
Las sanciones y los riesgos de equivocarse con la DAC8 en Chipre abarcan sanciones económicas por fallos de comunicación, daños de licencia y reputacionales ante CySEC y el MiCAR, y responsabilidad personal del consejo y de los responsables de cumplimiento. Más allá de las sanciones económicas directas recogidas en la ley, el riesgo estratégico para un negocio cripto regulado es lo bastante significativo como para justificar una inversión temprana en cumplimiento.
La exposición por incumplimiento incluye sanciones por no presentar, presentar fuera de plazo, presentar datos inexactos o no recabar autocertificaciones válidas. Conforme a la Ley 38(I)/2026, el Departamento Tributario de Chipre puede imponer sanciones administrativas de hasta 5.000 EUR por fallos de diligencia debida, como no recabar o no verificar una autocertificación válida, y de hasta 10.000 EUR por fallos de conservación de registros, de comunicación y de inscripción, incluidos el no presentar, presentar fuera de plazo o presentar datos inexactos. Las empresas deben presumir que no obtener las autocertificaciones y no hacer cumplir la regla de bloqueo constituye en sí mismo una infracción distinta, y no un mero problema de calidad de datos.
Un fallo en la DAC8 conlleva riesgo reputacional y de licencia porque su autorización MiCAR la concede y supervisa CySEC, que espera una sólida cultura de cumplimiento. Una infracción de transparencia fiscal puede incidir en la valoración supervisora de la idoneidad y el gobierno de una empresa, aunque la propia DAC8 la administre el Departamento Tributario de Chipre. Para un CASP autorizado, la consecuencia regulatoria indirecta puede superar cualquier sanción económica directa.
La responsabilidad última del cumplimiento de la DAC8 recae en el consejo y en el responsable de cumplimiento designado, a quienes corresponde garantizar que los sistemas, los flujos de trabajo de autocertificación y la comunicación están en marcha. Los administradores deberían dejar constancia en acta de su supervisión de la preparación para la DAC8 y cerciorarse de que la posición de captura retroactiva de datos está bajo control. Un gobierno documentado es a la vez una defensa y una genuina medida de reducción de riesgo.
Su hoja de ruta práctica hasta el 30 de junio de 2027 consiste en confirmar la condición de RCASP, cerrar de inmediato cualquier laguna de captura de datos en activo, construir los flujos de trabajo de autocertificación y comunicación, mapear sus datos al esquema de comunicación y presentar a tiempo con apoyo jurídico y fiscal. El orden importa, porque el paso de captura retroactiva de datos es crítico en el tiempo y todo lo demás se construye sobre datos limpios.
El área de trabajo de sistemas consiste en mapear cada campo exigido a un sistema de origen y construir la extracción hacia el esquema de comunicación del Departamento Tributario de Chipre una vez publicado. Trate el mapeo de datos como el puente entre sus sistemas de KYC y de transacciones en activo y el eventual archivo XML o estructurado que el CTA requiere. Cuando intervengan estructuras de holding, coordine esto con cualquier planificación en torno a mantener cripto a través de un Fideicomiso Internacional de Chipre, de modo que el diseño de comunicación y de protección de activos sean coherentes.
Incorpore a asesores jurídicos y fiscales chipriotas ahora si tiene cualquier laguna de datos en activo, cualquier duda sobre la condición de RCASP o cualquier complejidad en su base de tokens o de usuarios. El coste del asesoramiento temprano es pequeño frente a la exposición de una primera presentación defectuosa o de una laguna de datos de 2026 sin subsanar. Los asesores también pueden alinear su construcción DAC8 con sus obligaciones más amplias, según una panorámica de los impuestos en Chipre.
Philippou Law Firm asesora a las empresas de criptoactivos de Chipre en todo el ciclo de vida del cumplimiento de la DAC8 y el CARF, desde confirmar la condición de RCASP y diagnosticar lagunas retroactivas de datos hasta construir flujos de trabajo de autocertificación conformes y preparar la primera presentación ante el Departamento Tributario de Chipre. Nuestros abogados trabajan junto a sus equipos de cumplimiento y de tecnología para que la comunicación, la autorización MiCAR y la planificación fiscal cripto de Chipre encajen entre sí en lugar de tirar en direcciones distintas. Si opera un negocio cripto con cualquier nexo chipriota, contáctenos ahora, con suficiente antelación al plazo del 30 de junio de 2027, para que cualquier problema de captura de datos pueda abordarse mientras todavía tiene solución.
Este artículo es información general, no asesoramiento jurídico. Le rogamos que solicite asesoramiento sobre sus circunstancias concretas antes de actuar.
Contabilidad y auditoría
desde €2,100 al año
Teneduría de libros, IVA, nóminas y la auditoría anual por un único honorario anual fijo, determinado por su volumen de transacciones.
Honorario fijo, recogido en su carta de encargo antes de que pague. Un contable con sede en Chipre responde en un plazo de 24 horas.
Reserve una consulta gratuita de 30 minutos con un socio.
Reservar consulta gratuita
Managing Partner
Managing Partner with a distinguished career in corporate and commercial law, trust law, tax law, property law, litigation, and immigration law. First-Class LL.B. from the University of Leicester and LL.M. from the University of Cambridge.
View profile
Las reglas para las empresas de criptomonedas en Chipre cambiaron por completo a finales de 2024. El antiguo registro nacional ha cerrado y ahora se aplica el régimen MiCA de ámbito europeo. Esta guía cubre la licencia CASP, quién la necesita, las clases de capital, los plazos de CySEC y cómo una única licencia chipriota se pasaporta a los 27 Estados miembros.

La transición MiCA en Chipre terminó el 1 de julio de 2026. Compruebe si su CASP está autorizado, pendiente o debe liquidarse tras el plazo de la CySEC del 27

Cómo montar un family office en Chipre en 2026: umbrales single vs multi-family, trust, PTC, fundación y holding, costes reales y fiscalidad.
Servicios Relacionados
“Fabulous service from everyone at Philippou Law. We moved here in July and had our immigration sorted with Nikolas and Laura, our tax residency, non-dom and the opening of our business was seamlessly done by Cleo, and we are also buying our house with them, where Maria and Elpida have been wonderful. Honestly I would not go anywhere else. Many thanks all.”
Consulta Gratuita
Reserve una consulta gratuita y sin compromiso con uno de nuestros abogados experimentados. Como una de las despachos de abogados más establecidas en Paphos, estamos aquí para ayudarle a navegar el panorama legal de Chipre con confianza.
Sin tarifas. Sin obligaciones. Hable con un abogado calificado hoy.