En un movimiento histórico para abordar uno de los desafíos de propiedad más persistentes de Chipre, la Cámara de Representantes ha aprobado por unanimidad una Ley de enmienda que resuelve efectivamente miles de casos atrapados...
En un movimiento histórico para abordar uno de los desafíos de propiedad más persistentes de Chipre, la Cámara de Representantes ha aprobado unánimemente una ley de enmienda que resuelve efectivamente miles de casos de compradores atrapados. Estos casos de larga data han impedido que miles de compradores obtengan sus escrituras y reconocimiento oficial como propietarios legales de sus propiedades.
Los “Compradores Atrapados” son individuos o entidades que compraron propiedades en Chipre, a menudo pagando el total por su propiedad, pero nunca han recibido sus escrituras debido a hipotecas existentes, deudas de desarrolladores, problemas con permisos de construcción o cualquier otra carga legal o prohibiciones.
El Ministerio del Interior, en colaboración con el Comité Parlamentario de Asuntos Legales, Justicia y Orden Público, formó un grupo de trabajo ad hoc para redactar una legislación alineada con la Constitución y las decisiones judiciales.
La recientemente promulgada Ley de Enmienda 110(I)/2025 de "Las Leyes de Transferencia y Hipoteca de Propiedades Inmuebles de 1965" fue aprobada formalmente por la Cámara de Representantes el 25 de junio de 2025 y publicada el 4 de julio de 2025.
Esta reforma legislativa fue tanto urgente como necesaria, tras un fallo histórico del Tribunal Supremo en el recurso civil No. 285/2018, emitido el 20 de junio de 2024. En esa decisión, el Tribunal encontró que los Artículos 44IΘ a 44KB de la legislación de 2015 eran inconstitucionales, ya que violaban los Artículos 23 y 26 de la Constitución, que protegen los derechos de propiedad y la libertad de contrato. Como resultado, las solicitudes de miles de compradores atrapados se volvieron legalmente inprocesables, dejando a miles de compradores en un estado de limbo legal.
La nueva ley introduce un nuevo marco constitucionalmente sólido y enmiendas clave para proteger a los compradores atrapados. Específicamente, la ley recientemente promulgada establece condiciones para aplicar las disposiciones de los Artículos 44IH y 44IΘ al Artículo 44KZ, que regulan la transferencia de propiedad a nombre del comprador. Su objetivo es restaurar la claridad legal y proporcionar un mecanismo estructurado y conforme a la Constitución para abordar los desafíos de larga data enfrentados por los compradores que, a pesar de haber cumplido con sus obligaciones contractuales, se les negó la propiedad legal de sus propiedades.
El contrato de compra/venta de la Propiedad debe haber:
Para la solicitud de un comprador atrapado, debe haberse emitido una escritura separada para la propiedad.
Para las solicitudes existentes de compradores atrapados presentadas antes de la entrada en vigor de la Ley Enmendada N. 110(I)/2025, y si aún no se ha emitido una escritura separada para la propiedad debido a problemas con permisos de construcción o planificación, la nueva ley establece que el Director del Registro de Tierras procederá con el examen de las solicitudes, siempre que la emisión de una escritura para la propiedad sea factible. La escritura debe emitirse dentro de dos (2) años y ocho (8) meses a partir de la fecha de la Ley enmendadora y tras la notificación relevante del Director al solicitante. Si los documentos no se proporcionan dentro del plazo especificado, el Director tiene la autoridad para rechazar la solicitud. Así, el solicitante ahora tiene ocho (8) meses a partir de la notificación relevante del Director para presentar los certificados técnicos necesarios (por ejemplo, permiso de planificación, permiso de construcción, etc.).
Es crucial que los solicitantes cumplan con los plazos especificados para presentar los documentos necesarios para evitar el rechazo de la solicitud.
Si la propiedad tiene cargas legales (como hipotecas) o prohibiciones (como Memo) registradas antes de que se depositara el contrato (precediendo el registro) en el Registro de Tierras, los compradores deben:
En los casos en que el precio de venta/compra de la propiedad no se haya pagado en su totalidad, el Director deberá enviar un aviso por escrito al comprador, solicitando que el saldo pendiente se pague dentro de los sesenta (60) días (anteriormente eran treinta (30) días) en la cuenta temporal del Registro de Tierras (cuenta de depósito en garantía).
Asegúrese de realizar el pago oportuno de los saldos pendientes para evitar complicaciones con la transferencia de la propiedad.
En conclusión, la recientemente enmendada Ley marca un momento crucial en los esfuerzos continuos de Chipre para abordar uno de sus desafíos de propiedad más complejos. Diseñada para resistir el escrutinio constitucional, la nueva ley introduce un marco legal claro y estructurado destinado a resolver el problema de los compradores atrapados.
Esta reforma sienta las bases para un sistema de transferencia de propiedad más transparente y confiable y constituye un paso crítico hacia la reconstrucción de la confianza pública en el mercado de propiedades y el marco legal de Chipre.
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Senior Partner specializing in real estate and conveyancing, contract law, and wills, estate planning, and probate. Leading the firm's Property Department and serving as AML Compliance Officer.
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